sábado, 15 de agosto de 2015

SEGURO DE DESGRAVAMEN

CONOCIENDO MAS ACERCA DE LOS SEGUROS...

El seguro de desgravamen es un tipo de seguro de vida por el cual, en caso de

fallecimiento del asegurado, la empresa de seguros contratada se hará cargo de la liquidación de sus créditos frente al banco o financiera. Algunos seguros de desgravamen cubren no solo en caso de fallecimiento, sino también en caso de invalidez permanente del titular de una deuda. El principal beneficio es para los herederos del asegurado, quienes se liberan de la obligación de pago del crédito. Sin este seguro, en caso de que los herederos no pudieran seguir pagando la deuda, el bien adquirido podría ser embargado y vendido por la entidad financiera.


Éste ha sido uno de los seguros de mayor crecimiento en los últimos años, pasando de S/. 69.4 millones el 2005 (2.1% del total de primas) a S/. 823 millones el 2014 (8.1% del total), con una siniestralidad que en esos diez años se ha reducido ligeramente, de casi 28% a poco más de 26%.

Es importante notar que el seguro de desgravamen no cubre el patrimonio. Por ejemplo, si una persona compra una casa debería tomar también un seguro  contra todo riesgo para protegerla.

Este seguro se activa con el fallecimiento del asegurado, o su invalidez permanente si ello también está cubierto. Los beneficiarios deben saber que este seguro existe para poder tramitar los derechos que les corresponden. Eso sí, es indispensable para el otorgamiento de la cobertura estar al día en el pago de la prima del seguro, que usualmente está incluida en las cuotas del crédito.

Existen dos modalidades, la primera y más utilizada, es el Desgravamen de Saldo Deudor y cubre únicamente el monto adeudado por el asegurado a la institución financiera a la fecha de su fallecimiento. En la otra modalidad, denominada Desgravamen de Monto Inicial, la aseguradora pagará dos tipos de beneficio: a la empresa financiera le cubrirá el saldo adeudado y a los beneficiarios les entregará la diferencia entre el monto inicial de la deuda y el saldo deudor del crédito.

Muchas personas piensan que los seguros de desgravamen hipotecario son los únicos, pero este seguro se paga también con créditos vehiculares, con créditos de consumo, tarjetas de crédito y otras formas de financiamiento. La contratación de este seguro no es obligatoria por ley, pero las empresas financieras lo consideran como una condición para poder otorgar varios tipos de créditos. El cliente puede tomar este seguro con la aseguradora sugerida o con cualquier otra de su elección, siempre que la póliza cumpla con los requisitos mínimos establecidos por el banco o financiera.

¿Cuánto le cuesta este seguro al cliente financiero? Depende del producto y del monto involucrado: el costo del seguro para un crédito personal puede ser inferior a S/. 10 anuales, mientras que el de un hipotecario puede superar los S/. 120 anuales. En el sistema, el monto promedio de prima anual es ligeramente superior a S/. 65.

Como todo seguro, el de desgravamen tiene exclusiones, es decir, situaciones que la aseguradora no cubrirá; éstas se refieren básicamente a situaciones que aumentan la probabilidad de fallecimiento. Comúnmente están excluidos el suicidio, la muerte a causa de un accidente en situación de embriaguez, a causa de una enfermedad preexistente o por la práctica de un deporte riesgoso. En esos casos, el asegurado debe decidir si solicita un seguro adicional que cubra este riesgo adicional con el pago de una prima extra o si informa a sus herederos que, en caso de fallecer por alguna de las causas excluidas, ellos deberán seguir pagando la deuda.


Tomado de VIVIR SEGURO - APESEG 

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